Requisitos para arrendar en Bogotá: documentos, estudio y codeudor
Qué documentos preparar, cómo funciona el estudio de arrendamiento y qué hacer si no tienes codeudor. Además, lo que la ley no permite exigirte.
Encontrar el apartamento que te gusta es solo la mitad del camino. La otra mitad es reunir los papeles y pasar el estudio de arrendamiento. Si tienes todo listo desde antes, el proceso puede resolverse en pocos días; si no, puedes perder el inmueble mientras consigues un certificado.
Esta guía reúne los requisitos para arrendar en Bogotá, lo que revisa el estudio y los derechos que tienes como arrendatario según la Ley 820 de 2003.
Requisitos básicos para arrendar en Bogotá
Cada inmobiliaria o aseguradora tiene su propio formulario, pero casi todas piden lo mismo:
- Formulario de solicitud del estudio de arrendamiento, diligenciado y firmado.
- Copia de la cédula de ciudadanía o de extranjería.
- Soportes de ingresos, que dependen de si eres empleado, independiente o pensionado.
- Extractos bancarios de los últimos tres meses.
- Uno o dos codeudores, o en su lugar una póliza o un servicio de afianzamiento.
Documentos según tu tipo de ingreso
Si eres empleado
- Certificado laboral reciente con cargo, salario, tipo de contrato y antigüedad.
- Desprendibles de nómina de los últimos meses.
Si eres independiente
- Certificado de ingresos firmado por un contador, con copia de su tarjeta profesional.
- Declaración de renta del último año, si declaras.
- RUT y, si tienes empresa, certificado de Cámara de Comercio.
Si eres pensionado
- Certificado de pensión o comprobantes de pago recientes.
¿Qué revisa el estudio de arrendamiento?
El estudio lo hace normalmente una aseguradora o afianzadora contratada por la inmobiliaria. Se fija sobre todo en tres cosas:
- Capacidad de pago: en general, tus ingresos deben ser entre dos y tres veces el valor del canon, según la aseguradora. Si el arriendo es de $2.000.000, lo usual es que te pidan demostrar ingresos de $4.000.000 a $6.000.000 al mes.
- Historial crediticio: se consulta cómo has manejado tus créditos en las centrales de riesgo. Tener reportes negativos vigentes puede hacer que el estudio no se apruebe.
- Información verificable: se confirman tus datos laborales y tus referencias.
Si tus ingresos no alcanzan, muchas aseguradoras permiten sumar los de otra persona que firme el contrato contigo. Con los documentos completos, la respuesta suele llegar en horas o en pocos días hábiles.
¿Qué hacer si no tienes codeudor?
Es una situación común, sobre todo si acabas de llegar a la ciudad. Tienes algunas alternativas:
- Póliza de arrendamiento: la aseguradora respalda el pago del canon y, en muchos casos, ya no se exige codeudor si apruebas el estudio con tus propios ingresos.
- Afianzamiento: una empresa actúa como fiadora a cambio de una tarifa.
Antes de aceptar cualquiera de las dos, pregunta cuánto cuesta y quién asume ese costo.
Lo que la ley no permite exigirte
La Ley 820 de 2003 regula el arrendamiento de vivienda urbana en Colombia. Estos son algunos puntos que conviene conocer:
- No te pueden pedir depósitos en dinero. El artículo 16 prohíbe exigir depósitos en efectivo u otras garantías reales para asegurar el contrato.
- El canon tiene un tope. No puede superar el 1 % del valor comercial del inmueble al mes.
- El aumento anual está limitado. Solo puede hacerse cada 12 meses y no puede superar el IPC del año anterior. Para los reajustes de 2026, el tope es 5,10 %, que fue la inflación de 2025. El arrendador debe informarte el nuevo valor y la fecha en que empieza a regir.
- Garantía de servicios públicos. El arrendador sí puede pedirte una garantía para respaldar el pago de los servicios, pero no puede superar el valor de dos periodos de facturación.
Antes de firmar el contrato
- Verifica que quien te arrienda es el dueño o tiene autorización. Puedes revisarlo en el certificado de libertad y tradición del inmueble.
- No entregues dinero antes de conocer el inmueble y firmar el contrato.
- Revisa la duración. Si el contrato no dice nada, la ley entiende que es de un año, y se prorroga automáticamente si ambas partes cumplen.
- Haz un inventario con fotos el día que recibes el inmueble. Te evitará discusiones cuando lo entregues.
- Ten en cuenta el preaviso. Si quieres irte al terminar el contrato, debes avisar por escrito con al menos tres meses de anticipación. Si te vas antes, además del preaviso la ley prevé una indemnización de tres meses de arriendo.
Preguntas frecuentes
¿Cuántas veces el canon deben ser mis ingresos para arrendar?
Depende de la aseguradora, pero en general piden ingresos de entre dos y tres veces el valor del arriendo.
¿Me pueden pedir un depósito para arrendar un apartamento?
No. La Ley 820 de 2003 prohíbe exigir depósitos en dinero en los contratos de arrendamiento de vivienda urbana.
¿Cuánto puede subir el arriendo en 2026?
Hasta 5,10 %, que corresponde al IPC de 2025, y solo cuando el contrato cumple 12 meses con el mismo canon.
¿Puedo arrendar sin codeudor en Bogotá?
Sí. Muchas inmobiliarias aceptan una póliza de arrendamiento o un servicio de afianzamiento en lugar del codeudor.
¿Cuánto se demora el estudio de arrendamiento?
Con los documentos completos, la respuesta suele llegar en horas o en pocos días hábiles.
Tener los documentos listos te da ventaja cuando aparece el inmueble que te gusta. Si estás buscando arriendo en Bogotá, cuéntanos qué necesitas y te ayudamos a encontrar tu luga_.